martes, 5 de junio de 2012

CONSOLIDACIÓN Y JUBILACIONES PARCIALES


Ante la situación actual de paralización absoluta, unilateral e injustificable por parte de la Empresa, de LA CONSOLIDACIÓN DE LAS PLAZAS ESTRUCTURALES Y LAS JUBILACIONES PARCIALES DE LOS TRABAJADORES DE AENA, nos vemos en la obligación de recordar a los gestores de esta entidad, que dichos derechos de los trabajadores vienen recogidos en diversos acuerdos firmados por la representación empresarial y laboral y actualmente en vigor:

El derecho de los trabajadores de Aena a acogerse a la Jubilación parcial, queda reflejado en el I Convenio Colectivo del Grupo Aena, publicado en el B.O.E. nº 305 de 20 de Diciembre de 2011, en su artículo 153 y desarrollado en el Anexo III del Convenio.

Así mismo, la consolidación de las plazas estructurales queda regulada y claramente protegida en el Acuerdo de Garantías de fecha 16 de Marzo de 2011, Anexo VII del I Convenio Colectivo del Grupo Aena.

Ante los graves perjuicios que esta decisión empresarial, está ocasionando al conjunto de trabajadores de Aena, desde la Sección Sindical U.S.O. /Aena, entendemos que es nuestra obligación INTERPONER CONFLICTO COLECTIVO en ambas materias, velando de este modo por los derechos de los trabajadores afectados.

Esta política de distanciamiento e incomunicación que mantiene la empresa, máxime en la escenario de incertidumbre en el que nos encontramos, no hace sino alentar la rumorología, el miedo y la incertidumbre entre los trabajadores, promoviendo la desconfianza y la crispación. Como representantes de los trabajadores no podemos permitir que se alargue esta situación por más tiempo, por lo que no descartamos, en absoluto, llevar a cabo cualquier tipo de medida que esté en nuestra mano, llegando incluso a plantear una CONVOCATORIA DE HUELGA.

 
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