Ante la situación actual de paralización absoluta, unilateral e
injustificable por parte de la Empresa, de LA CONSOLIDACIÓN DE LAS PLAZAS
ESTRUCTURALES Y LAS JUBILACIONES PARCIALES DE LOS TRABAJADORES DE AENA,
nos vemos en la obligación de recordar a los gestores de esta entidad, que
dichos derechos de los trabajadores vienen recogidos en diversos acuerdos
firmados por la representación empresarial y laboral y actualmente en vigor:
El derecho de los trabajadores de Aena a acogerse a la Jubilación parcial,
queda reflejado en el I Convenio Colectivo del Grupo Aena, publicado en el
B.O.E. nº 305 de 20 de Diciembre de 2011, en su artículo 153 y desarrollado en
el Anexo III del Convenio.
Así mismo, la consolidación de las plazas estructurales queda regulada y
claramente protegida en el Acuerdo de Garantías de fecha 16 de Marzo de 2011,
Anexo VII del I Convenio Colectivo del Grupo Aena.
Ante los graves perjuicios que esta decisión empresarial, está ocasionando
al conjunto de trabajadores de Aena, desde la Sección Sindical U.S.O. /Aena,
entendemos que es nuestra obligación INTERPONER CONFLICTO COLECTIVO
en ambas materias, velando de este modo por los derechos de los trabajadores
afectados.
Esta política de distanciamiento e incomunicación que mantiene la empresa,
máxime en la escenario de incertidumbre en el que nos encontramos, no hace sino
alentar la rumorología, el miedo y la incertidumbre entre los trabajadores,
promoviendo la desconfianza y la crispación. Como representantes de los
trabajadores no podemos permitir que se alargue esta situación por más tiempo,
por lo que no descartamos, en absoluto, llevar a cabo cualquier tipo de medida
que esté en nuestra mano, llegando incluso a plantear una CONVOCATORIA DE
HUELGA.
Seguimos informando